• Novedades en la normativa para poder utilizar las piscinas comunitarias

En los próximos días terminará el colegio y, con ello, muchos espacios comunes de fincas y urbanizaciones pasarán a estar más concurridos. Además, la piscina es un espacio de los más utilizados y, por tanto, su uso tiene que ser seguro, las familias deben disfrutar tranquilas de este espacio.

Sin embargo, debido a la pandemia el uso de las instalaciones de las piscinas comunitarias debe estar restringido y cumplir la legislación vigente así como las recomendaciones, medidas y normas establecidas por las autoridades sanitarias. Entre otras, la norma afecta al número de personas que pueden acceder a la piscina, el horario, tiempo o distancia entre personas:

  • Distancia interpersonal de 3 metros entre no convivientes.
  • Los espacios deben estar delimitados y se tendrá que respetar la distancia social.
  • Los objetos personales deben estar dentro del espacio delimitado para cada unidad familiar.
  • Se tendrán que habilitar sistemas de acceso para evitar la aglomeración de personas y poder cumplir así las medidas marcadas de protección y seguridad sanitaria.
  • Es obligatorio el uso de mascarilla siempre que no se esté en el agua o en el espacio delimitado para esa unidad familiar. En cualquier caso, será obligatorio el uso de mascarilla en los accesos, desplazamientos y paseos que se realicen en estas instalaciones.

Además de las medidas preventivas impuestas por las autoridades sanitarias, cada comunidad de propietarios tiene sus propias normas internas que deberán ser cumplidas por todos aquellos que quieran disfrutar del uso común de las instalaciones.

Es importante tener en cuenta que hay que ser muy respetuoso, ya que es un espacio compartido y tiene que haber unas normas mínimas de convivencia. Dichas normas propias de cada comunidad para el uso de la piscina han de estar expuestas en la entrada del recinto, en un lugar visible para que puedan ser cumplidas por todos los usuarios.

Finalmente, una figura importante dentro del recinto de las piscinas es el socorrista y la obligatoriedad o no de contar con él/ella depende de la normativa de cada comunidad autónoma. En caso de que sí que esté obligada la comunidad a contratar los servicios de un socorrista,  es necesario que los vecinos colaboren para que pueda realizar su tarea sin problema y atender las necesidades de los bañistas.